La Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Orihuela con el propósito de dar una mayor transparencia y poner en conocimiento del empresariado y de la sociedad en general su funcionamiento y estructura organizativa, pone a disposición de los ciudadanos, a través de este portal, toda la información relevante de esta institución, dando así cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y en la Ley 2/2015 de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana.

Normativa estatal

·         Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
·         Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

Normativa autonómica

·         Ley 3/2015, de 2 de abril de la Generalitat, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana.
·         Decreto 126/2018, ​DECRETO 125/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana y de su Consejo.

Normativa interna

Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Orihuela.
FUNCIONES DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIO DE ORIHUELA
Artículo 3. Funciones. Cámara Orihuela tiene como finalidad el desarrollo de actividades en el ámbito autonómico, estatal o internacional que contribuyan a la representación, promoción, defensa y fomento de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios; así como la asistencia, prestación de servicios y soluciones a las empresas que ejerzan
estas actividades. Asimismo ejercerá las funciones de carácter público que le atribuye la legislación estatal básica y la Ley 3/20L5, de 2 de abril, por la que se regulan las Cámaras
Oficiales de Comercio, lndustria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana, y las que le puedan ser asignadas con arreglo a los instrumentos que establece el
ordenamiento jurídico por las Administraciones Públicas -artículo 9 de la Ley 4O/2OL5, de 1de octubre, de Régimen Jurídico delsector Público; y en especial por la Generalitat
Valenciana, tales como la delegación de funciones y las encomiendas de gestión.
Cámara Orihuela podrá llevar a cabo, en rég¡men de libre competencia, otras actividades de carácter pr¡vado que contr¡buyan a la defensa, representación, promoción y fomento
del comercio, la industria y los servicios de su demarcación territorial. Las actividades de carácter privado se podrán llevar a cabo directamente por Cámara Orihuela, por las
empresas en las que participe o por las empresas que pueda constituir a tales efectos.
Artículo 19. El Pleno. El Pleno, órgano supremo de gobierno y representación de Cámara Orihuela, está compuesto por un total de 18 vocales, encuadrados en los siguientes grupos:
A) 12 vocales elegidos mediante sufragio libre, igual, directo y secreto entre todas las personas físicas y jurídicas que ejerzan una actividad comercial, industrial o de servicios en la demarcación de Cámara Orihuela, según la clasificación por grupos y subgrupos establecidos en el anexo y en la que se tendrán en cuenta los indicadores del Producto lnterior Bruto, número de empresas y de personas ocupadas, así como la contribución a la exportación. Se tendrá en cuenta, de igual manera, el principio de equilibrio de mujeres y hombres establecido en la normativa de igualdad.
B) 2 vocales elegidos entre representantes de empresas y personas de reconocido prestigio en la vida económica de la demarcación de Cámara Orihuela, propuestos por las organizaciones ¡ntersectoriales y territoriales más representativas de la demarcación y, por extensión, de la Comunitat Valenciana.
C) 4 vocales elegidos entre representantes de las empresas de mayor aportación económica voluntaria integrantes del censo de Cámara Orihuela. En este sentido, la designación recaerá sobre las empresas que mayor cuantía económica hayan aportado dentro de los doce meses anteriores a la apertura del proceso electoral; adquiriendo el compromiso de mantenerla hasta el desarrollo de nuevas elecciones, conllevando su baja en el Pleno y la designación de nuevos miembros el no cumplir con la obligación asumida. De no existir suficientes empresas para cubr¡r las vocalías se solicitará a la consellería competente la apertura de un nuevo plazo de aportaciones voluntarias con el objetivo de cubrir las vacantes.
Artículo 20. Atribuciones del Pleno. Corresponden al Pleno de cámara orihuela las siguientes atribuciones:
1. Elegir al presidente o presidenta, al comité ejecutivo y a las personas de reconocido prestig¡o de la vida económica de la demarcación de Cámara Orihuela que podrán asistir a las reuniones del Pleno, con voz y sin voto, así como acordar el cese de los vocales del Pleno, de conformidad con el procedimiento establecido, declarando las vacantes producidas por la pérdida de la condición de miembro del Pleno.
2. Proponer a la Conselleria tutelante la aprobación de los presupuestos y su liquidación.
3. Acordar la adquisición o cualquier otro acto de disposición relativo a inmuebles. De la misma manera, acordar la adquisición de valores y operaciones de crédito, cuando el importe supere el35% del presupuesto anual de la Cámara, así como autorizar contratos con la cuantía que determinen los procedimientos de contratación aprobados por el comité ejecutivo.
4. Acordar la participación de Cámara Orihuela en cualquier asociación, fundación o sociedad civil o mercantil, asícomo la creación de las de carácter unipersonal, solicitando en este caso autorización previa a la Conselleria tutelante.
5. Proponer a la Conselleria competente en materia de tutela de la Cámara la aprobación del proyecto de Reglamento de Régimen lnterior y de sus modificaciones.
6. Ejercer el control del presidente o la presidenta y del comité ejecutivo.
7. Designar los representantes permanentes de Cámara Orihuela ante entidades y asociaciones.
8. Aprobar la designación de los representantes que formarán parte del pleno del Consejo de Cámaras de Comercio de la Comunitat Valenciana.
9. Nombrar, previa convocatoria pública de la vacante, así como cesar, la secretaria o el secretario general de la Cámara por acuerdo motivado adoptado al menos por la mitad más uno de sus miembros.
10. Nombrar y cesar, si procede, al director o la directora gerente, a propuesta del presidente o la presidenta, por acuerdo motivado adoptado por la mitad más uno de sus miembros.
11. Determinar las personas empleadas de Cámara Orihuela que podrán tener acceso y utilizar la información facilitada por la Administración Tributaria del lmpuesto de Actividades Económicas y los datos censales de las empresas, necesarios para la elaboración del censo público de empresas.
12. Aprobar, a propuesta del comité ejecutivo, un código de buenas prácticas que garant¡ce la imparcialidad y transparencia de Cámara Orihuela en el desarrollo de sus funciones público-administrativas, así como el informe anual de gobierno corporativo.
13. Ser informado por el comité ejecutivo de la formalización de convenios de colaboración con las Administraciones Públicas, incluida la Generalitat, con otros entes públicos y privado, y con otras cámaras.
14. Crear delegaciones o nombrar delegados o delegadas, proponiendo la autorización a la conselleria tutelante.
15. Crear, a propuesta del comité ejecutivo, comisiones consultivas y ponencias.
16. Autorizar, si cabe, los convenios laborales colectivos de Cámara Orihuela.
17. Adoptar las propuestas que tengan que elevarse a las administraciones públicas.
18. Acordar la interposición de acciones y recursos administrativos y judiciales, excepto los que se ejerciten por el cobro de los créditos que resulten impagados.
19. Conceder honores y distinciones.
20. Establecer los criterios y cuantía mínima recomendables como aportación de las empresas a que se refiere el presente Reglamento de Régimen lnterior.
21. Cualesquiera otras funciones que puedan corresponderle como órgano supremo de gobierno y representación de Cámara Orihuela.
Artículo 26. Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de Cámara Orihuela, elegido por el Pleno de entre sus vocales y por un mandato de duración igual al de estos.
Estará compuesto por el Presidente o Presidenta, el Vicepresidente Primero/Vicepresidenta Primera, el Vicepresidente Segundo o Vicepresidenta Segunda, el Tesorero o Tesorera y cinco vocales, elegidos entre los vocales del Pleno.
A las reuniones del Comité Ejecutivo serán convocados, además del Secretario o Secretaria General y el Director Gerente, el representante de la Administración tutelante, convocado en las mismas condiciones que el resto de miembros, que asistirán a las mismas con voz y sin voto.
El Comité Ejecutivo determinará por votación, en la primera reunión que celebre, quien de entre sus vocales actuará como suplente del Tesorero o Tesorera en los casos de ausencia o enfermedad de este o esta.
Artículo 27. Atribuciones del Comité Ejecutivo. Corresponde al Comité Ejecutivo el ejercicio de las funciones que no estén expresamente encomendadas a otros órganos; y, en particular, las siguientes:
1. Establecer las directrices generales sobre las actividades de Cámara Orihuela necesarias para el ejercicio y el desarrollo de las funciones legalmente atribuidas, la dirección de las cuales corresponden a la presidencia.
2. Elaborar y proponer al Pleno el proyecto del Reglamento de Régimen lnterior
3. Elaborar los proyectos de presupuestos ordinarios, y si cabe, los extraordinarios, sus modificaciones y su liquidación, y presentarlos al Pleno para su aprobación inicial.
4. Aprobar las modificaciones de la plantilla de Cámara Orihuela y sus retribuciones, así como cualquier otro tipo de retribución, indemnización o incentivos que corresponda.
5. Proponer al Pleno la participación de Cámara Orihuela en cualquier asociación, fundación y sociedad civil o mercantil, así como la creación de sociedades mercantiles unipersonales.
6. Acordar la adquisición o cualquier otro acto de disposición de relativo a valores y operaciones de crédito cuando el importe no supere el35o/o del presupuesto anual de la Cámara, así como celebrar contratos por las cuantías que determinen los procedimientos de contratación.
7. Autorizar el ejercicio de acciones para el cobro de créditos que resulten impagados.
8. Acordar la formalización de convenios de colaboración con las administraciones Públicas, incluida la Generalitat, con otros entes públicos y privados y con otras cámaras; solicitando su autorización, o comunicando si cabe, a la Conselleria tutelante.
9. Proponer al Pleno de la Cámara la creación de comisiones consultivas y ponenc¡as.
10. Proponer al Pleno de la Cámara la creac¡ón de delegaciones y el nombram¡ento de delegados.
11. Proponer, para su aprobación por el Pleno, el Código de Buenas Prácticas y el lnforme de Buen Gobierno.
12. Determinar las condiciones de préstamos, operaciones de crédito y colocación de reservas que corresponda hacer a Cámara Orihuela.
13. Autorizar el ejercicio de las acciones judiciales o extrajudiciales, de reclamación y ejecución de deudas.
14. Estudiar trimestralmente el estado de la situación patrimonial de Cámara Orihuela con indicación de los ingresos y gastos, y aprobar anualmente el correspondiente balance.
15. Realizar y revisar anualmente el censo electoral de la Cámara con referencia al primer día de enero de cada año.
16. Resolver las reclamaciones sobre la inclusión o exclusión de las empresas en los grupos y subgrupos del censo electoral.
L7. En casos de urgencia, adoptar decisiones sobre competencias que correspondan al Pleno informando al mismo en la primera sesión que se celebre.
18. Acordar las bases de la convocatoria pública para la selección del Secretario o Secretaria General.
19. Cuantas funciones no estén expresamente atribuidas a otros órganos de Cámara Orihuela o le delegue el Pleno.

 

Informe de gobierno corporativo año 2016
Cuentas anuales abreviadas de 2016
Informe de auditoría independiente 2016
Informe de gobierno corporativo año 2017
Cuentas anuales abreviadas de 2017
Informe de auditoría independiente 2017
Informe de gobierno corporativo año 2018
Cuentas anuales abreviadas de 2018
Informe de auditoría independiente 2018
Memoria abreviada año 2018
Informe de gobierno corporativo año 2019
Estados financieros año 2019
Informe de auditoría independiente año 2019
Memoria abreviada año 2019
MEMORIA ECONÓMICA 2020
INFORME AUDITORÍA 2020
ESTADOS FINANCIEROS 2020
MEMORIA ECONÓMICA 2021
INFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO 2021
INFORME AUDITORÍA 2021
ESTADOS FINANCIEROS 2021
MEMORIA ECONÓMICA 2022
INFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO 2022
INFORME AUDITORÍA 2022
ESTADOS FINANCIEROS 2022
MEMORIA ECONÓMICA 2023
INFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO 2023
INFORME AUDITORÍA 2023
ESTADOS FINANCIEROS 2023
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